Fallo histórico del Tribunal Europeo de Derechos Humanos declara que falta de reconocimiento de las parejas del mismo sexo por parte de Polonia viola derechos humanos

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene su sede en el Edificio de Derechos Humanos de Estrasburgo, Francia.
(Crédito de la foto: Oficina de Prensa del TEDH)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió un fallo en una demanda presentada por cinco parejas polacas de gays y lesbianas que afirmaba que la falta de reconocimiento legal y protección por parte del gobierno polaco para las parejas del mismo sexo violaba sus derechos humanos.

El medio de comunicación nacional polaco Dziennik Gazeta Prawna informó que el TEDH rechazó los argumentos del gobierno polaco – que incluían que el matrimonio tradicional es parte del patrimonio de Polonia – y concluyó que “el Estado polaco había incumplido su deber de garantizar un marco legal específico que prevea el reconocimiento y protección de las uniones entre personas del mismo sexo”.

En su fallo del TEDH, el tribunal destacó que los estados signatarios del Convenio Europeo de Derechos Humanos deberían “crear un marco legal que permita a las personas del mismo sexo disfrutar del reconocimiento y la protección adecuada de su relación a través del matrimonio u otra forma de unión.

En 2022, el Tribunal Administrativo Supremo de la República de Polonia (Naczelny Sąd Administracyjny, NSA) emitió un fallo según el cual los matrimonios entre personas del mismo sexo de ciudadanos polacos legalmente casados en otros países no estaban expresamente prohibidos por la constitución del país.

El artículo 18 de la Constitución establece: “el matrimonio como unión de un hombre y una mujer, la familia, la maternidad y la paternidad están bajo la protección y cuidado de la República de Polonia”.

“El artículo 18 de la Constitución no puede constituir en sí mismo un obstáculo para la transcripción de un certificado de matrimonio extranjero si la institución del matrimonio como unión de personas del mismo sexo estaba prevista en el ordenamiento [legal] interno”, dictaminó el tribunal.

“La disposición de la constitución en cuestión no prohíbe la regulación legal de las uniones entre personas del mismo sexo”, afirmó el tribunal, añadiendo que simplemente “en la actualidad la legislatura polaca no ha decidido introducir tales soluciones” en la legislación polaca.

Según el periódico polaco Gazeta Wyborcza, Polonia es uno de los seis únicos estados miembros de la Unión Europea donde las parejas del mismo sexo no pueden casarse ni registrar una unión civil.

La mayoría de los polacos apoyan los derechos LGBTQ+ en torno al matrimonio y la familia, según una investigación de Miłość Nie Wyklucza (El amor no excluye).

“Tardó mucho tiempo, definitivamente demasiado”, dijo Grzegorz Lepianka, uno de los que presentaron el caso contra Polonia, al periódico Dziennik Gazeta Prawna. “Pero finalmente tengo alguna esperanza de que se produzcan cambios reales y verdaderamente buenos”. Antes de la sentencia en el caso de las cinco parejas polacas, el TEDH ya se había pronunciado en casos similares contra Italia, Rusia, Rumanía y Bulgaria. La sentencia en Italia tuvo un impacto real en la situación de las parejas del mismo sexo, porque poco después se introdujeron las uniones civiles.

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